Tenemos que regular la subcontratación y abogar por los trabajadores: Dip. Rosalinda Domínguez Flores

#México 30 Jul (#Istmopress) – El outsourcing o subcontratación ha dañado el patrimonio de los trabajadores, con ello empresas evitaban sus obligaciones patronales, no existía una verdadera justicia social, había mucha permisividad para los patrones quienes como siempre ocurre “sangraba” a los trabajadores que veían afectados sus derechos laborales, por esa razón proponemos ampliar al 1 de septiembre de 2021 los plazos para la entrada en vigor del Decreto en materia de subcontratación así lo manifestó la Diputada Rosalinda Domínguez Flores, en el Primer Periodo Extraordinarios de Sesiones de la Cámara de Diputados de esta 64 Legislatura.

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El proyecto de ley que regula la subcontratación fue publicado el pasado 23 de abril del presente año, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de 8 leyes federales con el objeto de regular el régimen de la subcontratación laboral a efecto de evitar que los patrones eludieran el cumplimiento de diversas obligaciones de carácter laboral, de seguridad social y del ámbito tributario a través de diversos esquemas de contratación.

La permisividad al sector patronal tiene que acabar, como este sistema de sub contratación que borraba los derechos laborales de la clase trabajadora, subrayó la Diputada Rosalinda Domínguez Flores.

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El Artículo Primero Transitorio del Decreto citado establece como plazo para cumplir con diversas obligaciones de naturaleza fiscal contenidas en los artículos Cuarto, Quinto y Sexto, el 1 de agosto de la presente anualidad; el Artículo Tercero Transitorio estipula un plazo de 90 días para obtener el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, contados a partir de la publicación de las disposiciones de carácter general; el Artículo Cuarto Transitorio otorga 90 días para que la trasmisión de los bienes entre la subcontratista y la empresa beneficiaria no sea un requisito en la sustitución patronal, y los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios relativos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social otorgan 90 días a partir de la entrada en vigor del decreto.

Ante los plazos establecidos mismos que están por vencer, diversas empresas, cámaras de comercio y colegios de abogados han solicitado contar con un plazo mayor que les permita concluir con las nuevas disposiciones, como lo es el registro de servicios y obras especializadas ante la STPS, a través del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), así como la transferencia de las plantillas de trabajadores a las empresas responsables de las relaciones laborales.

Al día de hoy, en apenas tres meses, 1.6 millones de personas trabajadoras han salido del esquema de subcontratación y sus derechos han sido reconocidos por sus patrones.

Los beneficios inmediatos de cumplir con este Proyecto de Ley apuntó la Dip. Rosalinda Domínguez Flores son: Garantiza el cumplimiento de la Ley al ampliar el plazo para que los patrones cuenten con un mes más a fin de que puedan dar cumplimiento a las nuevas disposiciones. Y otorga seguridad a los trabajadores, permitiéndoles gozar de sus derechos laborales y de seguridad social.

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