Con “amicus curiae” ONG’S piden a juez dejar sin efecto permisos de proyecto eólico en el istmo

#SalinaCruz 02 jun (#Istmopress) .- Expertos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A.C. y defensores de los derechos humanos del Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec pidieron en “Amicus Curaie” (opinión técnica-jurídica) al juez Séptimo en Salina Cruz que los permisos otorgados para el proyecto eólico “Eólica del Sur” queden sin efectos debido a que la consulta realizada por las autoridades no fue previa y se violento el convenio 169 de la OIT.

Explicaron que el Amicus se da en el marco de un Amparo (454/2015) promovido por integrantes del Pueblo Binniza (juchitecos/zapotecas) en el caso contra el proyecto Eólica del Sur donde señalan que el proceso de Consulta no cumplió con todos los requisitos de ley y, por tanto, los permisos otorgados deben anularse.

Añadieron que esta opinión técnica- jurídica tiene argumentos para sustentar que el proceso de consulta llevado a cabo con la comunidad indígena de Juchitán de Zaragoza no reunió los elementos necesarios señalados tanto por la legislación nacional como por los tratados internacionales , entre ellos no fue previa, “por lo que no asegura la protección de los derechos humanos del pueblo indígena”.

En la conferencia de prensa llevada a cabo en la Biblioteca pública municipal Ávila Camacho, Felipe Romero, abogado del CEMDA informó que es fundamental y neceario que la autoridad judicial reconozca que el derecho a la consulta de las comunidades indígenas en contextos de proyectos de desarrollo que afectan su territorio, recursos naturales, costumbres y forma de vida.

Precisó que no se puede limitarse tan sólo a un mero procedimiento, sino que debe entenderse como un derecho que busca proteger derechos esencialísimos para la preservación de la vida y la cultura ancestral de los pueblos.

En Octubre del 2014, el gobierno de Oaxaca y la Secretaría de Energía (Sener) publicaron en la comunidad de Juchitán el desplegado de inicio de la Consulta Previa sobre el megaproyecto Eólica del Sur, dando a conocer el Protocolo para la implementación del proceso para llevarla a cabo.

El proyecto “Eólica del Sur” implica la generación de energía eoloeléctrica (generada por viento) en modalidad de autoabastecimiento, mediante la instalación de 132 aerogeneradores en los municipios de Juchitán y El Espinal, en el estado de Oaxaca.

De acuerdo con el Protocolo para la realización de la consulta, ésta debe ser previa, libre e informada, sin embargo antes de que se diera la consulta, el proyecto ya contaba con una autorización en materia de impacto ambiental al igual durante el proceso de consulta, la empresa obtuvo el resto de los permisos, tales como el de autoabastecimiento y las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

“Los permisos y autorizaciones para la implementación del proyecto Eólicas del Sur se emitieron con anterioridad a la realización de la consulta o sin que este proceso estuviera concluido, lo que evidencia la violación clara al carácter previo de la consulta a la comunidad Zapoteca de Juchitán, así como una violación al derecho a la consulta en sentido general”, estableció Edmundo del Pozo, abogado de Fundar.

Las organizaciones plantean a la autoridad judicial que la violación al carácter previo de la consulta debe implicar una declaratoria de nulidad de los permisos y autorizaciones impugnados, a través del juicio de amparo interpuesto por esta comunidad, lo que en los hechos debe dejar inexistentes dichos permisos.

Coincidieron en que los proyectos de energías renovables que pretendan llevarse a cabo en toda la República mexicana deben garantizar y respetar en todo momento los derechos humanos de las comunidades indígenas donde se llevan a cabo, esto con el fin de brindar certidumbre jurídica a todos los actores y garantizar que efectivamente sean sustentables, tanto desde el punto de vista ambiental como social.

Las organizaciones en conjunto exhortaron al Juez a que se declare la nulidad de las autorizaciones y permisos con los que cuenta el proyecto Eólica del Sur por haber sido emitidos en violación al carácter previo de la consulta y se exhorte a las autoridades responsables y demás instituciones competentes que cualquier medida susceptible de afectar derechos de pueblos y comunidades indígenas en México sea previamente consultada con éstos, de conformidad con las obligaciones internacionales de México y sus normas constitucionales.

“Pedimos al gobierno mexicano que en los procesos de consulta que se realicen en todo el país sean inclusivos y garanticen el derecho a la participación de las comunidades en un sentido amplio puesto que se trata no sólo de la consulta, sino de la protección de otros derechos como el territorio y la cultura”, concluyeron.

Diana Manzo/Corresponsal

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